El Régimen de Partición
Dentro de los regímenes económicos siempre escuchamos hablar de la separaciones de bienes o de la sociedad de gananciales, pero nunca hemos escuchamos el del régimen de partición. Se encuentra definido en el articulo 1411 CC “Cada uno de los cónyuges adquiere derecho a participar en las ganancias obtenidas por su consorte durante el tiempo