JUZGADO COMPETENTE PARA LA MODIFICACIÓN DE MEDIDAS
¿Que juzgado tiene competencia territorial para la modificación de medidas?
Esquema de competencia territorial Básico sobre la Modificación de medidas:
¿Que juzgado es el Competente territorial para la modificación de medidas?
La demanda de modificación de medidas se tiene que presentar ante el tribunal que acordó las medidas definitivas, vía art. 775.1 LEC, tanto sea de un divorcio o de una Guarda y custodia, siendo irrelevante que se hayan dictado de mutuo acuerdo o vía contenciosa.
¿Quien esta capacitado para instar la modificación de medidas?
La facultad le corresponde a los progenitores, que entiendan que se han visto modificadas las circunstancias cuando se dicto la resolución primaria. El Ministerio Fiscal, también puede interponer, en interés de los menores, la modificación de medidas.
¿Hay algún Requisito?
Los artículos 90 y 91 del Código Civil y 775.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil señalan que las medidas que el Juez acuerde en defecto de acuerdo o las convenidas por los cónyuges, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio cuando se alteren sustancialmente las circunstancias tenidas en cuenta al aprobarlas o acordarlas.
¿Se puede hacer la modificación de Mutuo acuerdo?
Si la petición se hiciera por ambos cónyuges de común acuerdo o por uno con el consentimiento del otro y acompañando propuesta de convenio regulador, regirá el procedimiento establecido en el artículo 777.
¿Se puede pedir una modificación provisional?
Las partes podrán solicitar, en la demanda o en la contestación, la modificación provisional de las medidas definitivas concedidas en un pleito anterior. Esta petición se sustanciará con arreglo a lo previsto en el artículo 773.
Salvador
supuesto de hecho: divorcio con medidas en juzgado de barcelona (atribucion de custodia a la madre y p.potestad compartida).
Despues de la sentencia y desde hace años, la menor vive con sus abuelos paternos en Madrid. Queremos la custodia y la patria potestad. ¿Competencia territorial?