EL CONVENIO REGULADOR

¿Que es el Convenio regulador?

Aparece regulado, esencialmente, en el art. 87 CC, como requisito para formular el divorcio de mutuo acuerdo (El conocido Divorcio Express), y en el art. 90 del CC, donde trata los efectos de la disolución del Divorcio.

¿Cual es el Contenido del Convenio Regulador?

Los efectos del Divorcio, se plasman en el siguiente contenido:

 

SUPUESTO A: SI HUBIERE HIJOS

1.- Patria Potestad.- Salvo casos extremos (Delitos contra el menor), es compartida por ambos progenitores,

2.- Guarda y Custodia.- Regulara con quien va a convivir el menor, esta puede dar lugar de forma Monoparental, es decir que se le atribuya a un cónyuge, o bien puede establecerse de forma Compartida, ambos cónyuges se alternaran la mitad del mes la custodia del menor o menores.

3.- Régimen de visitas.- En caso de que se establezca, la custodia monoparental, se regulara unas visitas con el progenitor que no tenga a su cargo a los menores, (Ejemplo común, fines de semana alternos y días entre semana).

4.- Atribución del uso del domicilio conyugal.- Corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden.

5.- Pensión de Alimentos.- Determinará la contribución de cada progenitor para satisfacer los alimentos, se da en casos sobretodo de la custodia monoparental.

6.- Pensión Compensatoria.- El cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro.

7.- Liquidación de los Bienes (Si los Hay).- En caso de estar en gananciales, se puede liquidar la misma en el convenio regulador.

 

SUPUESTO B: SI NO HUBIERE HIJOS

1.- Atribución del uso del domicilio conyugal.- No habiendo hijos, podrá acordarse que el uso de tales bienes, por el tiempo que prudencialmente se fije, corresponda al cónyuge no titular, siempre que, atendidas las circunstancias, lo hicieran aconsejable y su interés fuera el más necesitado de protección.

En caso de no haber domicilio conyugal, por haber estado de alquiler o haber sido vendido, se pondrá que no se atribuye a nadie.

2.- Pensión Compensatoria.- El cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro.

3.- Liquidación de los Bienes (Si los hay).- En caso de estar en gananciales, se puede liquidar la misma en el convenio regulador.

 

 ¿Convenio Regulador sin Divorcio?

Es una de las preguntas mas frecuentes en un proceso de familia, ¿Que pasa si firmamos el Convenio Regulador y no hacemos el Divorcio?

Hay que distinguir entre el contenido dispositivo e Imperativo:

  • Contenido Dispositivo: Aquella materia que por su contenido, pueden las partes pactar quedándose ambas sometido a un contrato entre partes, de tal manera encontramos la Pensión de Alimentos y la Pensión Compensatoria, son materias si las cuales firmamos tienen vinculación jurídica entre las partes y se pueden reclamar.
  • Contenido Imperativo: Son aquellas materias que aunque las regulemos, no tienen vinculación alguna para las partes, Custodias, régimen de visitas , patria potestad,  al estar sometidas al control judicial.

Aunque diferenciemos entre contenido dispositivo e Imperativo, no cabe duda que firmado el convenio Regulador, constituye un principio de prueba, en caso de que se discuta el mismo en un procedimiento contencioso.

 

¿Precio del Convenio Regulador?

Ante todo hay que hacer un advertencia, tras la Ley Omnibus en 2009, los baremos de los Colegios de Abogados son orientativos, por lo que no hay un mínimo, y cada profesional establece el precio que crea conveniente.

 

Como saber cuanto cuesta un Convenio Regulador hemos de tener en cuenta los siguientes criterios:

Los precios de un convenio regulador pueden variar, si nos encontramos ante uno online o del resultado de acudir a un Abogado presencial.

Los precios online, oscilan entre 100 € y 200 €, si bien habría que ver el contenido – Calidad del mismo. 

Los precios presenciales, es mas difícil de saber, pueden oscilar entre 200€ y 600 €, claro esta que no es lo mismo un Convenio Regulador donde nos encontramos que no hay hijos ni bienes, que  un Convenio en donde hay hijos menores y bienes gananciales, por lo que habría que hacer una liquidación en el mismo cuerpo del Convenio regulador.

 

¿Cuanto cuesta un Convenio Regulador sin estar casados?

En estos casos de Guarda y Custodia, el precio no tiene porque diferir de los criterios antes mencionados, es mas en estos casos no hay que hacer una Liquidaciones de Gananciales, aunque hay veces, como es normal, que nos encontremos ante bienes en común.

 

 

Nota: Es un esquema básico de lo que es el contenido del convenio regulador conforme al art. 90 del CC.

Para mas información  visitar la categoría  de Convenio regulador.

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