Para hallar la siguiente controversia acudiremos a la SAP TF 103/2017,
Así pues estando el hijo mayor de edad en casa de los padres y estando acreditado, el dominio del actor sobre la vivienda que ocupa, el demandado quien a reside allí por la mera benevolencia de sus padres sin pagar renta ni merced alguna, y sin que se acredite hecho o derecho que justifique la citada ocupación del hijo mayor de edad, no declarado incapaz ni sometido a instituto tutelar alguno.
Resulta procedente el desahucio en precario, supuesto que ya viene a coincidir con una concepción amplia del precario, comprensivo de toda posesión concedida o tolerada, situaciones posesorias de mero hecho sin título alguno que lo alguno que la refrende (Sentencias del Tribunal Supremo 31-12-92, 31-1-95,…).
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