
Cambio de custodia / visitas
Ajustes por edad escolar, conciliación laboral, mudanzas o informes técnicos. Alternancias semanales, fines de semana ampliados o pernoctas.
Hernández Abogado Familia, Custodia, visitas, pensión de alimentos, uso de vivienda y mascotas (Ley 17/2021). Tramitación por art. 775 LEC con enfoque en el interés superior del menor.
Cuando existe una alteración sustancial y sobrevenida de las circunstancias desde la sentencia o convenio inicial: cambios laborales u horarios, mudanzas relevantes, nuevas necesidades del menor (salud, escolaridad), variación de ingresos, incumplimientos reiterados o conflictos que aconsejen revisar el régimen. En Tenerife, canalizamos la petición por el art. 775 LEC y, si es preciso, solicitamos medidas urgentes (p. ej., suspensión de visitas o ajuste de alimentos) siempre con foco en el interés superior del menor.
También contemplamos la custodia y el régimen de estancias de mascotas conforme a la Ley 17/2021: los animales son considerados seres sintientes y los acuerdos/juzgados pueden fijar cuidado, tiempos y gastos veterinarios.
Custodia (exclusiva/compartida), visitas y comunicaciones, pensión de alimentos, uso de vivienda familiar, cambios de domicilio, necesidades especiales, mascotas, incumplimientos y ejecución.
Ajustes por edad escolar, conciliación laboral, mudanzas o informes técnicos. Alternancias semanales, fines de semana ampliados o pernoctas.
Subida/bajada por variación estable de ingresos, nuevas necesidades del menor, reglas de devengo y actualización. Impagos y ejecución.
Revisión del uso por cambios familiares. Protocolos de traslado (comunicaciones, colegio, tiempos y costes de transporte).
Acuerdos/judicial sobre cuidado, estancias y gastos veterinarios. Enfoque de bienestar animal y vínculo afectivo con menores.
Alimentos: el Tribunal Supremo ha reiterado que la modificación exige un cambio sustancial, objetivo y no meramente coyuntural, con especial atención a la estabilidad de ingresos y a las nuevas necesidades del menor. Sobre el devengo, la regla general vincula la eficacia a la demanda, con matices en retroactividad según el caso y buena fe.
Custodia y visitas: la reversión a custodia compartida o su modificación requiere valorar el interés superior del menor, su adaptación y la colaboración parental. No bastan meros incumplimientos puntuales; sí los incumplimientos graves y reiterados.
Vivienda familiar: es posible revisar el uso si cambian las circunstancias (autonomía de los hijos, nueva residencia próxima, cargas y capacidad económica), ponderando la proporcionalidad.
Documentación, demanda (art. 775 LEC), vista y sentencia. Opción de medidas urgentes cuando procede.
Determinamos si existe alteración sustancial (horarios, ingresos, mudanza, salud, necesidades educativas, incumplimientos). Valoramos periciales y mediación previa.
Nóminas/IRPF, contratos, horarios, partes médicos y escolares, comunicaciones, testificales, informes psicosociales, extractos de gastos/ingresos y acreditación de impagos.
Propuesta de régimen de estancias y gastos veterinarios/ordinarios. Enfoque de bienestar animal y vínculo con los menores (Ley 17/2021).
Redacción y presentación en el Juzgado competente, con medidas solicitadas y prueba documental. Posible solicitud de medidas coetáneas o urgentes.
Práctica de prueba, informes técnicos y posicionamiento del Ministerio Fiscal si hay menores. Sentencia con nueva custodia/visitas/alimentos/uso vivienda.
Seguimiento del cumplimiento. En caso de impago/incumplimiento grave, ejecución forzosa y, si varían de nuevo las circunstancias, revisión.
Es el proceso por el que, una vez adoptadas medidas en un procedimiento de familia (divorcio, separación, medidas paternofiliales), una de las partes solicita su revisión porque las circunstancias han cambiado desde la sentencia o el convenio original.
La razón de ser del proceso de modificación es realizar un juicio comparativo entre dos momentos: (a) el de la sentencia o convenio que fijó las medidas y (b) el de la nueva demanda en la que se pide su modificación.
La modificación puede tramitarse tanto de mutuo acuerdo como en vía contenciosa. El art. 90 in fine del Código Civil establece que las medidas fijadas por el juez, o las convenidas por los cónyuges, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio aprobado judicialmente cuando así lo aconsejen las nuevas necesidades de los hijos o el cambio de las circunstancias de los cónyuges.
El art. 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil regula la modificación de las medidas definitivas. Para que prospere, la alteración debe ser sustancial, relevante, estable y posterior a la resolución que se pretende cambiar.
Resolvemos dudas habituales en Tenerife: requisitos, plazos, efectos, pensión y mascotas.
Debe existir una alteración sustancial, relevante, estable y no buscada de mala fe, posterior a la sentencia o convenio. Se acredita con documentación objetiva (ingresos/horarios, salud/educación de los menores, mudanzas, informes, etc.).
Dependen del Juzgado y de la prueba a practicar. Un asunto sin periciales puede resolverse en unos meses; con informes técnicos, el tiempo aumenta. Si procede, pueden solicitarse medidas urgentes.
La pensión puede subir o bajar por variación estable de ingresos o por nuevas necesidades. Regla general de eficacia desde la demanda, con matices en retroactividad según la doctrina y la buena fe.
Es revisable cuando cambian sustancialmente las circunstancias (autonomía de los hijos, reubicación cercana, cargas). Se ponderan alternativas y proporcionalidad.
La Ley 17/2021 permite fijar un régimen de estancias y reparto de gastos veterinarios/ordinarios atendiendo al bienestar animal y al vínculo con los menores.
Atención directa del abogado responsable de tu procedimiento. Sin intermediarios, con enfoque a resultados y tiempos.
Actuamos en todo Tenerife: preaviso, demanda por expiración de plazo, vista, sentencia y ejecución de lanzamiento. La comunicación con su abogado será continua mediante llamadas de teléfono, WhatsApp, e-mails y reuniones en sede del despacho. Actuamos también como abogados de divorcio en Tenerife Sur.